jueves. 18.07.2024

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El pasado 21 de junio la Secretaria General del Partido Popular compareció ante la prensa para anunciar que su Grupo Parlamentario en el Senado va a promover en esta Cámara una Comisión de Investigación para estudiar por qué el CIS realiza sondeos que según ellos favorecen al PSOE en períodos electorales. La Secretaria General del Partido Popular llegó a mencionar en tres ocasiones el delito de malversación, que es lo que pretende indagar a través de esa Comisión. No es la única operación de este tipo que impulsa la derecha, pues en la Asamblea de Madrid la Mesa de la Cámara regional acaba de admitir a trámite una propuesta popular para constituir una Comisión de investigación para determinar responsabilidades políticas (nada menos) en programas de postgrado de la Universidad Complutense. Comisión dirigida de forma específica contra la esposa del Presidente del Gobierno.

Tres cuestiones merecen comentarse de esta iniciativa popular, a saber: la consolidada práctica torticera de oposición de las derechas españolas, los métodos inquisitoriales de ponerla en práctica y, en tercer lugar, la posible inconstitucionalidad de tales Comisiones de Investigación.

Sería curioso cruzar datos de los titulares de órganos constitucionales fieles (por no decir serviles) a la derecha y Consejos de Administración de empresas cotizadas en bolsa

La consolidada práctica torticera de oposición de las derechas españolas. Mientras gobernó el Partido Popular, en 1996-2004 y 2011-2018, el CIS fue presidido por profesores identificados con ese partido, fueran o no militantes del mismo (que hubo de todo). Nadie se lo reprochó, incluso cuando alguna persona que presidía el CIS accedió a un Ministerio y, desde ahí a un escaño en el Parlamento Europeo que aún no ha dejado. ¿Dónde está escrito que un organismo autónomo no puede ser presidido por una persona afín al Gobierno? Y eso lo reclama una derecha que cuando gobierna no sólo llena de militantes suyos todos los niveles directivos y superiores de la Administración, sino que incuso utiliza sociedades cotizadas en bolsa para premiar a altos cargos que le han servido fielmente. Sería curioso cruzar datos de los titulares de órganos constitucionales fieles (por no decir serviles) a la derecha y Consejos de Administración de empresas cotizadas en bolsa. Luego, la derecha podía ser un poco más discreta y protestar menos por prácticas administrativas que son usuales en una democracia como la española, es decir que los cargos superiores y directivos de los organismos públicos sean dirigidos por personas afines al Gobierno.

Y en el caso del CIS molestan los aciertos, no los errores. Pero una cosa es que molesten y otra constituir una Comisión de Investigación aduciendo, nada menos, un delito de malversación. Además de los aspectos constitucionales de la iniciativa, que veremos más abajo, la oposición no consiste en husmear todo lo que le parece mal, sino en ofrecer alternativas y criticar aspectos específicos de la acción del Gobierno, pero en eso el Partido Popular no quiere entrar.

Métodos inquisitoriales de oposición. La Secretaria General del Partido Popular no tiene pruebas del delito de malversación, pero como es un delito que han puesto de moda ciertos jueces-francotiradores para obstaculizar la aplicación de la Ley orgánica de amnistía, a la señora Gamarra le ha sonado bien y ha decidido utilizar ese delito. Como veremos a continuación, el delito es lo de menos. Se trata de acusar porque ya aparecerá algún juez dispuesto a morder como un perro de presa y abrir sumarios interminables e inverosímiles. De modo que hagamos un proceso del estilo de los que practicaba la Inquisición en España, una indagación universal a ver qué pescamos. El Derecho penal, desde Beccaría, sigue el camino opuesto, es decir, se identifica el delito y luego al delincuente, pero no se pone en la diana al presunto delincuente y luego se trata de colgarle el delito que venga más a mano. Eso es lo que anunció la señora Gamarra a los medios: vamos a indagar que algo encontraremos.

Se identifica el delito y luego al delincuente, pero no se pone en la diana al presunto delincuente y luego se trata de colgarle el delito que venga más a mano

Posible inconstitucionalidad de una Comisión de Investigación sobre delitos. Tanto el artículo 76.1 de la Constitución como los artículos 59 y 60 del Reglamento del Senado muestran desconfianza hacia la utilización penal de las Comisiones de Investigación y por eso obligan a que el objeto de las mismas sean un asunto de interés público. El funcionamiento del CIS, sus errores y sus aciertos, son evidentemente asuntos de interés público, pero ese fin legítimo se desvanece cuando ab initio se afirma que la futura Comisión va a investigar un delito, para lo que no está cualificada ni legitimada. Más aún, si los Parlamentos, a través de Comisiones de Investigación, investigaran delitos podrían frustrar la verdadera investigación que corresponde (dentro de sus respetivas atribuciones) a los cuerpos policiales, al Ministerio Fiscal y al Poder Judicial. Por eso es inconstitucional una Comisión de Investigación que invoca de entrada la indagación de un delito, porque quiebra el principio de separación de poderes y hasta puede impedir la verdadera indagación policial y judicial.

Y si lo vemos desde la perspectiva del investigado (en este caso, el personal del CIS a todos los niveles) hay que señalar que esas personas serían investigadas sin garantías judiciales, sin otro límite que la voluntad de la Mesa de la Comisión. Y ello sin contar con la falta adicional de garantías de una investigación universal. Ya lo intentó el Gobierno de Aznar frente a Polanco y le costó el puesto al Magistrado Gómez de Liaño.

Luego, una Comisión de Investigación no puede crearse invocando la indagación de un delito (porque no es competente el Parlamento) ni se puede constituir con un fin general que limita las garantías penales y procesales de los investigados.

Mezclar el Parlamento y la Inquisición, así no se hace oposición