jueves. 03.10.2024
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El presidente del Gobierno , Pedro Sanchez, junto a los representantes de las organizaciones empresariales y sindicales mayoritarias y la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz. (Foto: La Moncloa)

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El presidente del Gobierno y los máximos dirigentes de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas -CEOE, CEPYME, CCOO y UGT- firmaron el 18 de septiembre, un acuerdo en materia de la Seguridad Social y del Sistema Público de Pensiones, que fue pactado, en la mesa del diálogo social por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y los interlocutores sociales a finales del pasado mes julio. El nuevo acuerdo desarrolla las materias pendientes derivadas de las recomendaciones del Pacto de Toledo, fruto del amplio consenso parlamentario alcanzado en su aprobación que se han venido desarrollando y negociando en la mesa del diálogo social.

La Seguridad Social es un pilar fundamental de nuestro modelo económico y social. Las pensiones públicas son un derecho de los ciudadanos establecido en la Constitución Española, siendo su garantía un sistema público de pensiones sostenible y justo. La Constitución Española (CE) en su Título I lo reconoce entre los derechos y deberes fundamentales y en el capítulo tercero sobre los principios rectores de la política social y económica. En el artículo 50 de la CE, se establece que los poderes públicos garantizarán la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Así está regulado en la Ley General de la Seguridad Social, en el artículo 109.1 se determinan los recursos para la financiación de la Seguridad Social siendo los más relevantes las aportaciones progresivas del Estado y las cuotas de los afiliados.

Con el nuevo acuerdo se culminan las reformas legislativas en estas materias negociadas en el marco del diálogo social y aprobadas por el Parlamento desde el año 2021

Desde la Organización Internacional del Trabajo (OIT) mediante el Convenio 102 de la Seguridad Social y la Recomendación 202 de Pisos de Protección se orientan los criterios fundamentales de los sistemas de la seguridad social, fruto del diálogo social generado en el seno de la OIT y enmarcados en principios como la universalidad, la suficiencia, la solidaridad, la sostenibilidad, la participación social y la responsabilidad del Estado. La reforma de la Seguridad Social y de las pensiones en el marco del Pacto de Toledo se incluyó en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en su componente 30. Con el nuevo acuerdo se culminan las reformas legislativas en estas materias negociadas en el marco del diálogo social y aprobadas por el Parlamento desde el año 2021.

En nuestro país la legitimidad de las organizaciones sindicales y empresariales para intervenir en los procesos de diálogo social se deriva del papel y relevancia que les confiere la Constitución Española, como se expresa en su artículo número 7. La Constitución Española también reconoce el derecho a la negociación colectiva al igual que la fuerza vinculante de los convenios colectivos. En la Ley Orgánica de Libertad Sindical se determinan los criterios para alcanzar la representatividad necesaria para la participación institucional y la intervención en los procesos de diálogo social, y para la negociación colectiva los requisitos se fijan en el Estatuto de los Trabajadores.

LA REFORMA REGRESIVA DEL PP, COMPLETAMENTE DEROGADA

Las reformas legislativas de la Seguridad Social y de las pensiones aprobadas, han derogado completamente la reforma regresiva que el PP impuso, sin diálogo social ni político, en 2013, mediante las siguientes normas: la Ley 21/2021 de garantía del poder adquisitivo de las pensiones, la Ley 12/2022 de regulación para el impulso de los planes de empleo, el Real Decreto-ley (RDL) 13/2022 por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y por el que se mejora la protección por el cese de actividad, el RDL 2/2023, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones y el  RDL 5/2023, que fijaba la obligación de las empresas de dar alta a todos los becarios y que los antiguos becarios puedan convalidar como cotizados los períodos de prácticas.

En el texto del acuerdo se mejora el acceso gradual a la jubilación, pues se facilita la compatibilidad entre trabajo y pensión

En el texto del acuerdo se mejora el acceso gradual a la jubilación, pues se facilita la compatibilidad entre trabajo y pensión con el objetivo de favorecer la salida gradual y flexible del mercado de trabajo, permitiendo a las personas trabajar más allá de la edad ordinaria si así lo desean. Respecto a la jubilación activa, se elimina el requisito de tener una carrera de cotización completa, lo que facilita su acceso y tiene una especial incidencia desde la perspectiva de género. Este tipo de jubilación será compatible con los incentivos de demora y su compatibilidad se fijará en función del tiempo que se retrase. Para la  jubilación demorada se establece la posibilidad de recibir un incentivo adicional por cada seis meses de demora a partir del segundo año y no sólo cada doce meses.

Sobre los cambios en la regulación de la jubilación parcial, con carácter general, se establece ampliar de 2 a 3 los años la posibilidad de anticipo, con límites en la reducción de la jornada. Además, se mejoran las condiciones del trabajador relevista, cuyo contrato deberá ser indefinido y a tiempo completo en un puesto no amortizable. En la industria manufacturera se prorroga la regulación especial de la jubilación parcial anticipada hasta 2029 incluido. Se incluyen mejoras en las condiciones del trabajador relevista y una regulación y más flexibilidad a la empresa para fijar  la jornada del relevista y del pensionista.

En cumplimiento del compromiso adquirido por las patronales y los sindicatos en el V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC), se recoge la posibilidad de que las Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social puedan realizar convenios con los Servicios Públicos de Salud para la realización de pruebas diagnósticas en patologías de origen traumatológico durante los procesos de Incapacidad Temporal (IT), que deberían ser de forma voluntaria y con consentimiento de los ciudadanos. El Gobierno y los interlocutores sociales harán un seguimiento de los indicadores de la IT, y constituirán una comisión para el seguimiento y supervisión de estos convenios y el análisis de la evolución de la IT.

También se ha acordado desarrollar un procedimiento para establecer los coeficientes reductores de la edad de jubilación para ocupaciones especialmente penosas o peligrosas, en base a determinar las circunstancias objetivas que permiten establecer coeficientes reductores para rebajar la edad de jubilación, como puedan ser: la incidencia, persistencia y duración de los procesos de baja médica; así como las declaraciones de incapacidades permanentes y los fallecimientos. Se recupera el coeficiente multiplicador del 1,5 para los trabajadores fijos discontinuos, que se aplicaba a la hora de calcular el periodo de carencia para acceder a la pensión de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia.

Estas reformas refuerzan la solidaridad y la cohesión social en nuestro país, y son el resultado del impulso desarrollado por Gobierno del PSOE y Sumar del Pacto de Toledo, del diálogo social y de los sucesivos acuerdos alcanzados por la mayoría parlamentaria. Todo ello junto con la favorable evolución de la economía, la creación de empleo y los efectos positivos producidos por la reforma laboral pactada en  2021, han fortalecido de forma muy relevante la sostenibilidad de la Seguridad Social y la suficiencia de las pensiones. Con lo cual, el Sistema Público de Pensiones ofrece actualmente mayor garantía a las personas trabajadoras que están en activo y a los jóvenes para acceder a la protección del sistema de Seguridad Social, como a los actuales pensionistas.

El diálogo social mejora la seguridad social y las pensiones