‘TAX THE RICH’: INICIATIVA CIUDADANA EUROPEA

Gravar las grandes fortunas para financiar la transición ecológica y social

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Esta iniciativa invita a la Comisión Europea a establecer un impuesto europeo sobre las grandes fortunas. Este impuesto contribuiría a los recursos propios de la Unión y los ingresos permitirían ampliar y perpetuar las políticas europeas de transición medioambiental, social y de cooperación al desarrollo, en cofinanciación con los Estados miembros. 

Se trata de conseguir un millón de firmas entre los ciudadanos europeos de la Unión, para solicitar los cambios legislativos, administrativos y políticos que hagan posible esta medida.

Desde hace más de una década, la Unión Europea se enfrenta a un número creciente de crisis: económicas, sociales, sanitarias, geopolíticas, medioambientales, etcétera. Estas crisis son sintomáticas del fracaso de las políticas económicas, fiscales y sociales aplicadas por los gobiernos nacionales y la Unión Europea, que han debilitado los sistemas sanitarios, los servicios públicos, la protección del medio ambiente, la lucha contra la pobreza y la exclusión social, etc. Mientras que el objetivo de la Unión es promover el bienestar de sus pueblos, luchar contra la exclusión social y garantizar la justicia y la protección sociales (artículo 3 del TUE), y sus instituciones se comprometen a garantizar una mayor equidad, en particular en materia fiscal, las desigualdades no han dejado de aumentar, hasta el punto de que hoy el 1% más rico del planeta posee casi la mitad de la riqueza mundial, y ese mismo 1% emite también más emisiones de CO2 que la mitad más pobre del planeta.

Las desigualdades no han dejado de aumentar, hasta el punto de que hoy el 1% más rico del planeta posee casi la mitad de la riqueza mundial

Para hacer frente a estos retos, es urgente reorientar fundamentalmente la Unión Europea hacia una transición climática justa y democrática. Varias iniciativas europeas recientes, en respuesta a la crisis climática, la pandemia de Covid y la guerra de Ucrania, han empezado a orientar las políticas de la UE en esta dirección (Green Deal, RRF, SURE, etc.). Esta iniciativa propone hacer permanentes estas políticas de transición ecológica y social introduciendo, por iniciativa de la Comisión Europea, un impuesto sobre las grandes fortunas. Varios estudios, entre ellos uno realizado recientemente por el Laboratoire sur les inégalités mondiales (1) , han demostrado que un impuesto de este tipo aceleraría la lucha contra el cambio climático y la desigualdad. Contribuyendo a los recursos propios de la Unión Europea, este impuesto generaría ingresos que permitirían cofinanciar las políticas de transición ecológica y social llevadas a cabo por la Unión y sus Estados miembros, teniendo en cuenta su situación objetiva.

La creación de un impuesto europeo sobre la gran riqueza responde a numerosos llamamientos de la sociedad civil, científicos y representantes electos. Recientemente, más de un centenar de eurodiputados, apoyados por economistas, pidieron a la UE que introdujera un impuesto progresivo sobre la riqueza extrema. La próxima directiva sobre la introducción de un nivel mínimo mundial de imposición para los grupos multinacionales en la Unión Europea ya ha demostrado que la Unión es capaz de acordar una mayor equidad fiscal. En términos más generales, la Conferencia sobre el Futuro de Europa subrayó la necesidad de armonizar la política fiscal y de utilizar esta palanca para combatir la crisis medioambiental.

Este impuesto generaría ingresos que permitirían cofinanciar las políticas de transición ecológica y social llevadas a cabo por la Unión y sus Estados miembros

La introducción de un impuesto europeo sobre el patrimonio exigiría tres intervenciones legislativas.

En primer lugar, pedimos a la Comisión Europea que presente una propuesta de directiva por la que se cree un impuesto europeo sobre las grandes fortunas, sobre la base del artículo 115 del TFUE. Este artículo permite al Consejo adoptar, por unanimidad, directivas para la aproximación de las legislaciones nacionales, en particular en el ámbito de la fiscalidad directa, cuando éstas incidan directamente en el establecimiento o el funcionamiento del mercado interior. Es probable que las disparidades nacionales en la fiscalidad de los ultra ricos alimenten una mayor competencia fiscal dentro de la UE y creen distorsiones en el mercado interior. Dentro del mercado interior, es por tanto necesario adoptar planteamientos estratégicos comunes y emprender acciones coordinadas para maximizar el impacto positivo de la fiscalidad sobre los ultra ricos.

En segundo lugar, invitamos a la Comisión Europea a proponer una modificación de la Decisión 2020/2053 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, relativa al sistema de recursos propios de la Unión Europea, sobre la base del artículo 311, apartado 3, del TFUE. Esta modificación tendrá por objeto permitir que el impuesto europeo sobre el patrimonio contribuya al sistema de recursos propios de la Unión Europea. Esta modificación respondería también al deseo expresado por las instituciones europeas desde 2020 de añadir nuevos recursos propios, en particular con vistas a hacer frente al reembolso de los compromisos financieros contraídos por la Comisión para financiar el Plan Europeo de Recuperación.

Es por necesario adoptar planteamientos estratégicos comunes y emprender acciones coordinadas para maximizar el impacto positivo de la fiscalidad sobre los ultra ricos

Por último, el nuevo recurso propio procedente de un impuesto sobre los grandes patrimonios debería destinarse a una transición ecológica y social justa, alimentando las políticas de la UE y de los Estados miembros dedicadas a este fin. Por lo tanto, pedimos a la Comisión Europea que presente propuestas de reglamentos para reforzar el Fondo de Resiliencia y Preparación (FRP), los fondos vinculados al Green Deal y la política de cohesión. Esto implicará modificar los reglamentos de base de estos fondos, es decir, los Reglamentos 2021/1056 y 2021/241, respectivamente, y basarse en la política de cohesión (artículo 175, apartado 3, del TFUE). En caso necesario, podrían movilizarse a tal efecto otras bases jurídicas, como las disposiciones sobre medio ambiente (artículo 192, apartado 1, del TFUE), empleo y política social (artículos 149 y 153 del TFUE) y cooperación al desarrollo (artículo 209 del TFUE).


(1) L. Chancel, Th. Piketty, E. Saez y G. Zucman, Informe sobre la desigualdad en el mundo 2022, 2021, disponible aquí