martes. 23.04.2024

¿Qué es un ERTE?
Expediente de Regulación Temporal de Empleo. Por causas de fuerza mayor (Coronavirus)

¿En qué consiste?
No hay un despido, consiste en una suspensión del contrato con derecho a paro.

¿Qué pasa con mi paro?
El paro consumido durante el ERTE se repondrá al final del proceso.

¿Tengo derecho sin haber cotizado?
Se tendrá derecho a paro aunque no se haya cotizado el periodo mínimo.

¿Cuánto cobraré?
Se acude al paro en condiciones económicas ‘normales’, un porcentaje de tu base reguladora y las cantidades son brutas: 70% los 180 primeros días; 50% el resto de días.

¿Cuáles son los topes máximos?
Topes máximos que se abonan de prestación por desempleo:

Sin hijos a cargo: 1.098,09 €
Con 1 hijo* a cargo 1.254,96 €🏻
Con 2 o + hijos* a cargo 1.411,83

*Menores de 26 años o mayores con discapacidad, que convivan contigo y que no tengan ingresos superiores al SMI

¿Qué puedo negociar con mi empresa?
Principalmente 4 cosas básicas:

1º Que le afecte a toda la plantilla por igual. Que toda la plantilla vaya el mismo número de días al paro. Puede ser también que se aplique el ERTE de forma rotatoria.

2º Que os mantengan el 100% de las vacaciones anuales como si no hubiera habido ERTE

3º Que os paguen el 100% de las pagas extras (ya que mientras estas en el ERTE no generas la parte proporcional).

4º Pedir un complemento salarial para mejorar lo que se va a cobrar del paro. Por ejemplo hasta el 100% del salario total.

¿Qué pasa con mis vacaciones?
Mientras se está de ERTE no se genera ni vacaciones, ni la parte proporcional de las pagas extras.

Tipo de jornada
No tiene por qué suspenderse el contrato la jornada completa, se puede reducir e ir al paro por ejemplo 3 horas y trabajar 5 (se cobraría del paro y de la empresa). Por lo que sería un ERTE de reducción de jornada.

¿Qué ocurre si estoy de baja?
Si estás de baja y te incluyen en el ERTE, solo te afectará cuando vuelvas a estar de alta. Si estas de vacaciones cuando aplican el ERTE, dejas de disfrutarlas y comienzan a aplicarte el ERTE.

¿Quién se ocupa de tramitarlo?
Será la empresa la que tramite las gestiones con el SEPE

El SEPE ha paralizado los plazos para solicitar el paro ya que no atienden personalmente, solo on-line o por teléfono. 

¿Qué otras propuestas puede hacerme la empresa?

Permiso retribuido
Es el mejor y más difícil de conseguir. No vas a trabajar, pero sigues cobrando como hasta ahora.

Permiso no retribuido
En este permiso dejas de ir a trabajar, pero NO cobras nada de salario.

Reducción de jornada
Se te reduce la jornada en un número de horas y el salario en la parte proporcional.

Jornada irregular o bolsa de horas
Se sigue trabajando, pero no la jornada completa. Las horas no trabajadas se acumulan para recuperarlas en el futuro.

Vacaciones
Te mandan a casa de tus vacaciones. No se pueden imponer por el empresario. Tú tienes que estar de acuerdo. Si aun así te obligan, que lo hagan por escrito para poder reclamar.

Teletrabajo
Trabajas desde casa y cobras el 100%

Todo lo que debes saber sobre los ERTE: preguntas y respuestas